Además analizamos las alternativas que suponen la Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) y el Emprendedor de Responsabilidad Limitada (ERL).
¿Autónomo o SL? 7 criterios
No existe una fórmula matemática que permita determinar con total precisión el tipo de forma jurídica más adecuado para constituir tu empresa ya que depende de una serie de factores económicos, personales y comerciales.
Lo que sí hay son ciertas pautas y criterios que te pueden ayudar a la hora de elegir el tipo de sociedad que mejor se adecúa a tus necesidades.
Los 7 criterios principales a tener en cuenta son:
a) Responsabilidad: La principal desventaja del empresario individual respecto a la SL es su responsabilidad ilimitada, ya que responde con su patrimonio personal por las deudas frente a terceros, mientras que la SL, como su nombre indica, es de responsabilidad limitada y por tanto sólo responde con el patrimonio de la sociedad.
b) Constitución de la empresa: los trámites y costes de constitución como autónomo son muchos más baratos y sencillos que los de una SL y el proceso es mucho más rápido. Puedes darte de alta como autónomo en un único día mientras que una sociedad necesita de un proceso que puede demorarse entre 5 y 30 días.
c) Costes de gestión: el coste de gestoría de los autónomos suele ser más bastante más bajo en el caso de los autónomos que en el de las SL debido a que su contabilidad es bastante más sencilla. Además, desde el 1 de enero de 2019, aplicándote la tarifa plana, durante el primer año la cuota de autónomos se queda en 60 euros mensuales los 12 primeros meses y, durante el segundo año disfrutas de bonificaciones del 50 y el 30%.
Unas bonificaciones que no puedes disfrutar como autónomo societario. Si te decantas por la SL desde el primer mes tendrás que pagar una cuota de 364,22 euros.
d) Aportación económica: la creación de una SL exige aportar un capital social mínimo de 3.000 euros, mientras que como autónomo no es necesaria ninguna aportación.
Ahora bien, ese capital social hay que depositarlo en el banco, obtener el resguardo correspondiente y a continuación se puede disponer de él para los gastos e inversiones del negocio, como explicamos en nuestro artículo cómo crear una SL.
e) Impuestos: el autónomo tributa por el IRPF, que es un impuesto progresivo, de manera que con grandes beneficios el tipo a aplicar es mayor que en el caso del impuesto de sociedades, que es un impuesto con tipos fijos, en concreto del 25% (aunque en los Presupuestos Generales del Estado 2019, aún pendientes de aprobación, éste se veria reducido al 23%).
Pero cuidado, esta ventaja sólo tiene realmente valor si parte de los beneficios los fueras a dejar como patrimonio de la sociedad. Si lo que quieres es llevarte todo el beneficio a casa para tus gastos personales, tendrás que tributar por tu nómina o por los dividendos que te lleves y al final queda más o menos igual.
f) Acceso a financiación bancaria: las sociedades limitadas tienen, en principio, una mayor facilidad para acceder a créditos bancarios, ya que las cuentas de estas formaciones empresariales son más claras y precisas, por lo que el hecho de ser una SL siempre dará mayor confianza económica. Aunque en ambos casos al final lo que es fundamental es el aval o garantía.
g) Imagen comercial: las SL ofrecen una imagen más profesional, de empresa más grande y solvente, por lo que a nivel comercial muchas veces son la opción más indicada.
La siguiente infografía nos ofrece las ventajas y desventajas del autónomo y la SL:
Mejor empezar como autónomo
Como conclusión y, salvo que haya motivos comerciales o financieros que aconsejen lo contrario (o que te interese asociarte con alguien, ¡claro!), te recomendamos iniciar tu actividad empresarial dándote de alta como autónomo y acogiéndote a la tarifa plana, la manera más sencilla y barata de empezar un negocio.
Una vez que la empresa empresa tome un buen rumbo y cuentes con una alta facturación, será el momento de cambiar a una SL o Sociedad Limitada Unipersonal (SLU).
¿SLU o ERL?
Al establecerte como emprendedor de responsabilidad limitada, ERL, tienes ciertas ventajas con respecto a la figura de empresario individual. La más importante es que no haces frente a las deudas contraídas con tus bienes, o al menos con la vivienda que tu excluyas deliberadamente.
Las condiciones para establecerse como tal son comunes a las de un autónomo, salvo que debes indicar debidamente en el Registro Mercantil y en el Registro de la Propiedad qué inmueble quieres desvincular de tu actividad económica. Es importante saber que el inmueble debe cumplir con una serie de requisitos para estar exento de tu responsabilidad empresarial.
En primer lugar, el valor de la vivienda no puede superar los 300.000 € y si la vivienda está situada en una población de más de 1.000.000 de habitantes, no podrá superar los 450.000€.
Esta opción es muy ventajosa para aquellas personas físicas que quieran iniciar una actividad económica sin tener que responder con su inmueble personal.
En cuanto a la Sociedad Limitada Unipersonal, SLU, puesto que las SL también pueden estar formadas por un sólo miembro, la única diferencia que existe entre estos dos tipos de sociedades es que la SLU expresa en todos sus actos la unipersonalidad de la sociedad.
Debe constar de igual forma cuando se inscriba la empresa en el Registro Mercantil, pues en caso de no constar la unipersonalidad, el socio único responderá de forma personal, ilimitada y solidariamente a las deudas contraídas, como si de un empresario individual se tratara.
Sin embargo, no hay diferencia entre una SL y SLU en cuanto al tratamiento fiscal se refiere y no hay diferencias significativas al respecto.
Este tipo de sociedad es muy ventajosa para aquellos emprendedores que tengan o quieran crear una empresa con la que se espera obtener sustanciosos beneficios, pero sin tener que responder con sus bienes inmuebles a las deudas contraídas.
Si mantienes dudas al respecto sobre cómo darte de alta y quieres que un especialista del equipo de Infoautónomos lo haga por ti y gestione todo el papeleo concermniente a tu negocio, no dudes en ponerte en contacto con nosotros sin compromiso.
Genial el artículo, como siempre.
Sólo comentar que hay un typo en la infografía. Aunque arriba lo comentáis bien, en la sección de contra de autónomo indica que es "responsabilidad limitada", cuando es "ilimitada" :)
Un saludo
Bueno, pues con las características del nuevo local y negocio (nº empleados, etc) tienes que cálcular el módulo que te correspondería.
Y luego compararlo con los tipos de impuesto de sociedades, los puedes ver en nuestro artículo:
http://www.infoautonomos.com/fiscalidad/impuesto-de-sociedades/
Saludos
Lo de la contabilidad , como un contra de la SL , no o tengo tan claro, que sea mas dificil de acuerdo, pero tiene sus ventajas , como las amortizaciones de mobiliario,reservas....
El administrador de la SL tiene que ser autónomo. Además pagando bastante más.
Sólo interesa a partir de unos 45.000 euros de beneficio o por motivos comerciales o financieros, con objeto de reducir riesgos en caso de quiebra.
Saludos
Sólo puedes darte de alta como autónoma si resides en España al menos 183 días al año. Si creas una SL puedes hacerlo como socio no residente en España aunque eso te obligará a ser autónomo societario (344 euros de cuota) o a tener un apoderado dado de alta en el Régimen General Asimilado de la Seguridad Social.
Un cordial saludo
Efectivamente, como autónomo societario no puedes acceder a la tarifa plana.
Más información en : https://infoautonomos.eleconomista.es/tipos-de-sociedades/autonomo-societario/
Un cordial saludo
En la decisión influyen muchos factores que no conocemos. aunque lo más frecuente si las estimaciones de ingresos no van a ser muy altas, es empezar como autónomo.
Lo mejor es que te dirijas a nuestros asesores a través de nuestro servicio de consultoría puntual: https://infoautonomos.eleconomista.es/asesoria/consultoria/
o si prefieres un servicio continuado con asesor personal asignado que se encargue de todo tu papeleo tenemos planes desde 25€/mes: https://infoautonomos.eleconomista.es/asesoria/autonomos/
Mucha suerte :)
Un saludo.
En este artículo tienes información sobre el tema https://infoautonomos.eleconomista.es/contratar-trabajadores/nomina-empresario-socio-trabajador/
Un saludo.
Tenemos información sobre el tema:
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También ponemos a tu disposición nuestro servicio de asesoría laboral https://infoautonomos.eleconomista.es/asesoria/asesoria-laboral/?cmpia=home-desplegable-laboral
Un saludo.
Un saludo.
Son varias y muy específicas las preguntas que nos realizas. Aquí tienes información de interés
https://infoautonomos.eleconomista.es/tipos-de-sociedades/crear-una-sociedad-comparativa-de-formas-juridicas/
Pero lo más aconsejable es que te pongas en contacto con nuestro servicio de consultoría para darte un servicio personalizado.
https://infoautonomos.eleconomista.es/asesoria/consultoria/
Un saludo.
Quisiera saber si hay un tratamiento diferente al ser extranjero o puedo aplicar como autónomo
Aquí tienes información sobre alta como autónomo siendo extranjero.
https://infoautonomos.eleconomista.es/seguridad-social/alta-de-autonomos-extranjeros/
Un saludo.